Nueva minoría de edad

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La nueva minoría de edad, por Fernando Sánchez Pintado

Se suele decir, y no sin razón, que el amor es ciego, porque no distingue lo que a todas luces son, como mínimo, anomalías y defectos constitutivos de la persona por la que se siente una atracción más o menos irresistible. Para cualquier otro son evidentes, el único que no puede verlo es quien se entrega a su propia pasión, es decir, quien quiere hacer realidad su deseo y para conseguirlo prescinde de todo lo demás. En el momento de la seducción las imperfecciones y hasta los engaños manifiestos no se perciben o, si no pueden negarse, pasan a segundo plano. Así suelen ser los movimientos inaugurales de la pasión que, afortunadamente y con carácter general, se ven atemperados por el conocimiento del otro y por el raciocinio que permite diferenciar lo que uno siente de lo que ocurre en la realidad. Al comienzo no se adoptan estas cautelas y, en ocasiones, se hace demasiado tarde o nunca. Un caso especial es el de ciertos encuentros fortuitos, cuando el sujeto deseado es un embaucador que tiene la astucia de aparentar lo que no-es para establecer, en un breve lapso de tiempo, una vinculación entre erótica y afectiva, entre soñada y realizable, a la que no se puede resistir la otra persona. En todo ello no hay ninguna valoración moral, ni presupone una minusvaloración de los anhelos que sienta quien es engañado, por imaginarios que sean son tan intensos que le llevan a aceptar las formas más insospechadas que se le propongan para realizarlos. Son situaciones poco significativas estadísticamente, pero tienen la ventaja de poner al descubierto la in-consistencia del deseo y su capacidad de prescindir de la realidad. Estas y otras reflexiones es lo que me ha producido la noticia de los encuentros entre Jack S. y más de veinte mujeres a las que contactaba a través de las redes sociales, sin mostrar nunca su rostro; acudían a su domicilio, entraban en él con los ojos vendados para gozar ─siempre con los ojos vendados─ de los placeres soñados y ciegos en sus brazos.

Jack, un hombre de más de sesenta años, era un buscador infatigable de mujeres en los sitios de encuentros eróticos de las redes sociales. Creando un alias y un perfil adecuado de treinta y ocho años, con fotos obtenidas de páginas de modelos masculinos, con una profesión socialmente atractiva y con la capacidad de detectar a las mujeres deseosas de relaciones sexuales esporádicas o serias pero siempre especiales, terminaba encontrando a las que aceptaban entrar en el juego sexual y anónimo que les proponía. Tuvo que emplear mucho ingenio, encendidos mensajes por whatsapp, fotos trucadas y otras reales de su órgano sexual en erección, innumerables conversaciones telefónicas ─al parecer tenía una voz seductora y juvenil─, promesas de placeres desconocidos y soñados por quien, seguramente, esperaba anhelante su siguiente llamada. Siempre se negó a hablar con ellas directamente ante la cámara y aceptaron que eso era parte del juego erótico mismo, porque en él encontrarían lo que nunca habían conocido y sólo después se desvelaría ante sus ojos el hombre deseado. También aceptaron no acudir a un café ni verse con antelación, eso eclipsaría el «encuentro mágico». Debemos suponer que nuestro Jack tenía la facultad de convencerlas de que no corrían ningún peligro ─como así era, si hacemos abstracción del engaño─, pero sobre todo de hacer con sus palabras que ellas se sintieran deseadas y deseantes. En definitiva, acudieron a su casa sin conocerlo, sencillamente porque el deseo que sentían era superior a cualquier otra consideración o, dicho de otra manera, era cumplir el deseo que, tal vez sin confesárselo, siempre habían querido realizar. Estos son puntos oscuros que nunca se podrán conocer y que, en el proceso que se abrió años después a Jack, tampoco se interesaron en esclarecer.

Veinticuatro mujeres ─contabiliza en las crónicas de este suceso Le Monde, frente a las 319 que se negaron a continuar el juego─ subieron a su apartamento sin conocer más que imágenes irreales de quien las esperaba. Encontraban la puerta entreabierta, ellas mismas se vendaban concienzudamente los ojos, avanzaban por el apartamento guiadas por la voz que tantas veces habían escuchado, llegaban a su habitación, obedecían sus instrucciones, se desnudaban y con los ojos vendados esperaban tumbadas en la cama a que él llegara. Se dejaban atar ─de manera más simbólica que efectiva─, tenían prohibido tocarlo y se puede imaginar lo que ocurría. Hasta aquí un encuentro sexual extravagante en el que todo sucedía al estilo de las series, entre eróticas y policiacas, que para mantener la audiencia añaden suspense y moralina, y hacen del seductor telemático y falsario un psicópata que tortura y asesina a la víctima indefensa. No fue así; no sabemos si las relaciones sexuales eran de una normalidad contradictoria con la puesta en escena, pero transcurrían sin intimidación ni violencia. Aunque es improbable que, en la mayor parte de los casos, fuera placentero para las mujeres, sólo se quitaban la venda de los ojos cuando terminaban. Entonces todo era distinto a lo soñado, se encontraban con un hombre viejo y nada atractivo, en una casa sucia, miserable, que nada tenía que ver con la del falso decorador que las había seducido; era lo más opuesto al «encuentro mágico» que habían esperado y se les había prometido. Algunas reaccionarían con superioridad y desprecio ante un hombre evidentemente despreciable, pero todas se sintieron defraudadas y humilladas, salieron a escape de la casa y guardaron silencio para no hacer pública la vergüenza que habían vivido. Con excepciones, una de ellas volvió y otras dos le denunciaron por haber sido seducidas mediante engaño, asimilándolo a una violación.

Tras numerosos avatares judiciales, Jack fue condenado por violación siete años después. El Código Penal francés establece que es violación todo acto de penetración sexual, cometido mediante violencia, coacción, intimidación o sorpresa. Desde un punto vista jurídico, hubo distintas interpretaciones de qué se podía considerar sorpresa en este caso. Uno de los tribunales por los que pasó la querella sostuvo que la sorpresa no puede ser considerada en términos del sentimiento de asombro de la víctima, de la subjetividad dependiente de que la sorpresa sea buena o mala. La cuestión consistía, pues, en que la sorpresa fuera objetivamente inhabilitante de la voluntad de la víctima. No fue esta la conclusión a la que llegaron los magistrados que sentenciaron a Jack a siete años de prisión: violación por sorpresa mediante la utilización de las redes de comunicación electrónica, entendiendo que se sirvió de una estratagema para disimular su identidad y características físicas y, así, sorprender para obtener el consentimiento de relaciones sexuales. Sorprender en esta sentencia equivale a una forma de coacción, lo cual no es en absoluto evidente, porque, si no se hubiera tratado de un viejo poco agraciado, aunque no fuera el de las fotos que les había enviado, las mujeres habrían considerado que la sorpresa ─algo que subyacía y motivaba el encuentro al que acudían presurosas o a regañadientes─ no les desagradaba, e incluso la daban por bienvenida; en ese caso no se la podría equiparar a otras formas de manipulación y control que anulan o condicionan irresistiblemente la voluntad de la víctima.

Esta disquisición se ve confirmada por algunos aspectos de la vista judicial que dio lugar a esta sentencia, en la que una vez más se pone de relieve la dificultad de la justicia para interpretar las leyes de tal manera que se correspondan fielmente con los hechos que se juzgan. Nos remitimos, según las crónicas de Le Monde, a la actuación de los intervinientes: magistrados, fiscal, testigos y acusado. El tribunal actuó sin atenerse a las normas que rigen un proceso, dando por supuesto que el crimen que se juzgaba había sido cometido; por ejemplo, el presidente del tribunal no se refería a querellantes, sino a víctimas. El fiscal prescindió de la valoración de los hechos y se centró en el carácter del acusado, interrogándolo en los siguientes términos: «usted podría hacer el amor con cualquier mujer?, ¿no es importante el aspecto físico? ¿Cuántas mujeres, habiéndole visto, habrían deseado hacer el amor con usted?, yo me hago una idea: sería próxima a cero. ¿Sintió placer usted, lo sintieron ellas?». No hay que recalcar que en un caso de violación lo que se trata de determinar es si se produjo la inhibición de la voluntad, por el medio que fuera, de la víctima, y no si el presunto culpable era guapo o feo, tenía éxito sexual o si le daba igual un tipo u otro de mujer. En cuanto a las mujeres que fueron como testigos, afirmaron que acudieron a la cita voluntariamente, que el deseo de jugar el juego sexual con un desconocido era superior a las dudas que les despertaba no conocerlo, que tuvieron relaciones sexuales cariñosas, sin que se ejerciera ningún tipo de constricción o violencia. Aunque también manifestaron la repulsión que les produjo encontrarse ante un hombre barrigudo, lleno de arrugas y viejo, y la rabia que sintieron contra él y contra sí mismas por haberse dejado engañar. Una de ellas volvió en otras ocasiones para conocerlo «verdaderamente», le compadeció, le hizo compañía y llegó a limpiarle la casa. Jack no negó los hechos, dio aún más detalles de la manera en que actuaba y su única defensa fue que, si hubiera sido atractivo y joven, nunca le habrían acusado, porque el juego erótico consistía, precisamente, en la sorpresa de entregarse a alguien a quien no conocían. Añadió que si sentían pasión por un desconocido que les hablaba a distancia, ése también era él. También reconoció que era moralmente reprobable, pero eso no era cometer un delito.

Dejando a un lado el espinoso problema judicial, al que nos hemos tenido que referir in extenso, y las distintas interpretaciones que caben hacer de un hecho, lo que parece evidente es que la sentencia se inclina a considerar que la sorpresa ─como elemento definitorio en este caso de la violación─ tiene un carácter subjetivo, dependiente del sentimiento de quien descubre algo a lo que se ha arriesgado y, luego, no resulta de su agrado. Imaginemos que alguien juega a la ruleta en un casino, apuesta al 23, sabe que tiene un 2,7% de probabilidades de que la bolita caiga en ese número, pero, cuando cae en el 21, se encorajina y exige que le devuelvan el dinero de su apuesta. Por más que esperara ganar, por más que se sienta defraudado y no obtenerlo le llene de amargura, sería absurdo. Por eso nadie lo hace. Se juega a la ruleta con la esperanza de multiplicar el dinero y se acepta el riesgo (alto) de perderlo. Las relaciones afectivas y sexuales, cuando se quieren realizar a distancia y a ciegas ,los deseos, se parecen más a la ruleta que a la comunicación habitual entre personas de carne y hueso, de tal manera que reclamar por haber sido engañado, cuando se produce el encuentro real, es transferir la responsabilidad de los propios actos al otro y, para que de ello no quepa duda, que intervenga la justicia. Es evidente que esta comparación es excesiva y el engaño en el terreno emocional tiene otras muchas connotaciones. Volviendo al falsario Jack, puede aducirse que este engaño concreto, y no otro cualquiera, que fue cuidadosamente concebido y organizado, es lo que hace de la sorpresa algo distinto y punible. No obstante, si se hubiera considerado así, es decir, objetivamente, con independencia del sentir de dos víctimas, no sólo se habrían producido dos violaciones, sino veinticuatro, dado que todas las relaciones sexuales transcurrieron de igual modo, basadas en una estrategia de engaños para obtener su aquiescencia. Como la violación es perseguible de oficio, y no depende de la exclusiva voluntad de la víctima, se entiende que, ciñéndose sólo a las dos mujeres que sintieron el engaño como una violación, parece que en la sentencia ha influido decisivamente la valoración moral de la superchería de Jack. En todo caso, un suceso tan singular y mediático como este plantea cuestiones que van más allá de las resoluciones judiciales.

Se ha generalizado el uso de los medios telemáticos de comunicación para buscar un partenaire, lo cual, hasta cierto punto, puede tener sus ventajas. A diferencia de lo que ofrecen la barra de un bar o los compañeros de trabajo, multiplica las posibilidades y parece que sólo depende de uno mismo elegir a quien se ajuste a sus intereses. Durante días o semanas se intercambian mensajes, imágenes, proposiciones, y cada uno se va formando una idea aproximada de quién es el otro. Todo ello tiene que ver más con el propio imaginario que con lo que realmente se conoce; se tiene la impresión de haber escapado de la ley de la gravedad y lo que cada uno es flota libremente en el espacio internáutico. Sin embargo, cuando se pasa de lo virtual a lo real, hay que mostrar el cuerpo físico a la mirada del otro y, entonces, a menudo uno o ambos se sienten decepcionados. Cuando no es así, se entra en el ámbito de cualquier otra forma de seducción. La utilización fraudulenta de la red tiene el límite que la otra persona quiera aceptar, como hemos visto en la sorprendente estrategia de Jack. Las relaciones que se establezcan, una vez superados los encuentros virtuales, son equivalentes a las que se inician en el mundo real. En estos también puede ocurrir que se finja y se engañe para abusar de la necesidad y vulnerabilidad del otro, hasta el punto de que, por las razones que sean, se le someta a la voluntad y a las prácticas sexuales que se le exijan, incluso en contra de sus propios deseos. En definitiva, nos encontraríamos en una situación relativamente similar a la de las dos mujeres quejosas por haberse dejado engañar telemáticamente. No se trata de advertir que las relaciones virtuales, si se prescinde de las precauciones de sentido común, son aleatorias y pueden llegar a ser peligrosas, sino de qué sentido tiene extender el concepto de violación (independientemente de su apreciación jurídica) a la fabulación, al enmascaramiento de uno mismo y a otras formas de engaño sofisticadas para seducir, se utilicen medios telemáticos o cualquiera más común en la vida real. En suma, hasta dónde y por qué se puede considerar que atentan contra la integridad de una persona y constituyen violación.

El comportamiento de impostores como Jack está entre malvado y patológico, nos es radicalmente extraño, pero no es menos inexplicable que veinticuatro mujeres le creyeran y se entregaran literalmente a ciegas a él. No hay que decir que la violación y cualquier otra forma de abuso sexual son delitos muy graves que no admiten justificación. Sin embargo, esas mujeres actuaron voluntariamente y nos podemos preguntar si en el malestar e incomprensión que producen esos encuentros, no hay un elemento ajeno a la valoración de los hechos mismos que sucedieron, un elemento adicional que se corresponde con la tendencia dominante de hiperprotección de las mujeres. La reprobación ideológica y moral, que subyace en la sentencia condenatoria, presupone que, sin declararlo abiertamente, en las mujeres que acudían a la cita no había auténtica voluntad. Es una forma de privar a las mujeres de su derecho a mantener las relaciones afectivas y sexuales que quieran, considerando que son tan extremadamente vulnerables, tan manipulables, que carecen de la capacidad y autonomía de decidir por sí mismas. Esta hiperprotección va acompañada de mecanismos de reprobación y censura, que en apariencia son respetuosos con ellas. Sin embargo, es justo lo contrario; las somete a su férula, porque parte del principio de que, por haber estado históricamente sometidas al varón, aún se debe vigilar cualquier comportamiento que, a juicio del vigilante, no sea lo bastante adecuado con las ideas consagradas socialmente. La permisividad sexual está hoy garantizada jurídica y, en cierta medida, también socialmente, pero se ve progresivamente contrapesada por otros mecanismos de control dirigidos específicamente hacia el hombre, aunque, en la práctica y de manera indirecta, limitan por igual la libertad de las mujeres. Cuando no se sabe cuáles son los límites de ideas que en sí mismas son valiosas y, por poner un ejemplo de iniciativas esperpénticas, se piensa que las miradas impúdicas son actos punibles, hemos pasado de un mundo abierto a una nueva moralidad tan restrictiva como la que nominalmente pretendían abolir. Las normas y la actuación de la propia sociedad para alcanzar la igualdad de las mujeres en el terreno laboral, familiar y sexual, son un avance incontestable, lo que nos plantea el caso Jack es hasta qué punto no se está produciendo una reinterpretación de esos principios en términos morales, de tal manera que, aun juzgando determinados comportamientos de los hombres, no se está poniendo también a las mujeres en la picota. Esta vigilancia protectora, en apariencia símbolo de progreso, que abarca toda la vida social y con especial hincapié en la sexual, equivale a reducir de nuevo a las mujeres a otra forma de minoría de edad.

3 Respuestas a “Nueva minoría de edad”

  1. Pienso que las sentencias, además de justas, han de ser ejemplarizantes. Deben advertir a otros posibles imitadores del acto sometido a juicio, a fin de evitar que pretendan ampararse en precedentes no condenados por la justicia para perjudicar a terceros aprovechando su ignorancia, buena fe o bisoñez.
    Aunque pudiera alegarse que el engaño fue aceptado tácitamente por las víctimas, al ser conocedoras del riesgo al que se exponían, es evidente la intencionalidad malévola del actor, a sabiendas de que, por burdo que fuese su ardid, podría atrapar a mujeres cándidas o incautas también merecedoras de protección legal.

  2. He leído, primero con atención y después con progresiva inquietud, el comentario de la persona que firma Marco Antonio.
    Aun dudo si me encuentro ante un sarcasmo afiliado (quizá demasiado) o la manifestación genuina de una opinion personal.
    Si es un sarcasmo adolece de enmascaramiento, excesivo, si es una opinión suscita en mí estupor, rechazo y preocupación.

  3. Excelente reflexión la de Fernando Sánchez Pintado sobre un caso tan sugerente que podría servir como punto de partida a otras muchas reflexiones diversas. Lo primero que a mí me recordó fue la frase de Freud que Lawrence Durrell puso al frente del “Cuarteto de Alejandría”: Probablemente en todo encuentro sexual intervienen como mínimo cuatro personas. Las páginas electrónicas de contactos entre desconocidos con fines amorosos o sexuales han potenciado cada vez más la importancia de esa idea. Cuando el deseo lo genera alguien a quien no se conoce personalmente, a quien ni siquiera se ha visto a través de una cámara doméstica, ese deseo tiene poco que ver con la persona y el cuerpo que lo está alimentando y mucho, muchísimo, con las fantasías ideales más potentes del sujeto deseante.
    Esas mujeres que fueron a ciegas al encuentro del hombre ideal que su propia fantasía había creado acabaron estrellándose con la sórdida realidad que se ocultaba tras ella. Pero la fuerza de su deseo era tan grande que las arrastró a una situación cuyas consecuencias podrían haber sido mucho más trágicas aun de lo que fueron; tal como el texto apunta, no escasean los ejemplos de citas a ciegas que acabaron de forma letal.
    Nunca me han gustado, en general, los títulos de estructura “A y B”. Pero nunca ha dejado de admirarme la potencia del que Cernuda eligió para su poesía completa: “La realidad y el deseo”.

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